Energía
de la Biomasa |
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Gestiones
para obtener el servicio de respaldo
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Convenios y contratos con el suministrador
Una
vez obtenidos los permisos correspondientes
para cualquiera de las modalidades de generación
de energía eléctrica previstas
en la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica y su reglamento, es necesario
celebrar convenios de interconexión,
compraventa de excedentes, transmisión
y energía de respaldo con el suministrador.
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| 11.- |
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El
objeto de este Contrato es realizar y mantener
durante la vigencia del mismo, la interconexión
entre el Sistema y la Fuente de Energía
y, en su caso, el o los Centros de Consumo;
así como establecer las condiciones generales
para los actos jurídicos que celebren
las Partes relacionados con la generación
y, en su caso, con la transmisión de
energía eléctrica.
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| 12.- |
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Si
el Permisionario desea poner a disposición
del Suministrador excedentes de energía
por 20 MW o menos, por los que pretenda pago
de capacidad y energía, presentará
su oferta de venta de excedentes al Suministrador,
de acuerdo con el procedimiento establecido
en el Acuerdo de Excedentes.
El
Suministrador analizará la propuesta,
y si ésta cumple con la condición
estipulada en el párrafo 3.4 de dicho
Acuerdo de Excedentes, las Partes celebrarán
un Convenio de compraventa el cual se sujetará
a los lineamientos establecidos en el mismo
Acuerdo de Excedentes.
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| 13.- |
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Si el Permisionario requiere
usar el Sistema para llevar energía eléctrica
desde su Fuente de Energía hasta sus
Centros de Consumo, solicitará el Servicio
de Transmisión al Suministrador quien
llevará a cabo los estudios de factibilidad
correspondientes, basándose en la ubicación
y características de los Centros de Consumo
y la Fuente de Energía que para tal efecto,
ha proporcionado el Permisionario.
En
caso de resultar factible el servicio, las Partes
celebrarán un Convenio, para lo cual
se estará a lo establecido por la Comisión
Reguladora de Energía en la Metodología
de Transmisión por la que se autorizan
los cargos correspondientes a los Servicios
de Transmisión.
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| 14.- |
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| Para
cubrir una posible disminución de capacidad
de su Fuente de Energía, programada o
forzada, el permisionario podrá celebrar
un contrato con el suministrador de la energía,
para lo cual se estará a lo estipulado
en la parte conducente del Acuerdo de Tarifas.
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