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A
fin de evitar que el proyecto que desea desarrollar
impacte negativamente al medio ambiente, es
necesario solicitar un dictamen de impacto ambiental
para lo cual es necesario evaluar los posibles
impactos del proyecto desde su construcción
hasta su operación, con base en estudios
científicos y técnicos, y prever
las medidas para evitar o mitigar sus efectos. |
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| 14.- |
Manifestación
de impacto ambiental Particular, regional o informe preventivo |
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| a. |
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El
trámite se resuelve de acuerdo a su tamaño
e impacto, dependiendo de si las obras y actividades
derivadas del proyecto, puedan causar desequilibrio
ecológico, por la modalidad de Manifestación
de Impacto Ambiental (MIA) particular o regional,
o por la modalidad de Informe Preventivo (IP).
Este
trámite se debe realizar en las oficinas
de la Dirección General de Impacto y
Riesgo Ambiental de la Secretaría del
Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT),
en el Distrito Federal, y a las Delegaciones
Federales para el resto del país.
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| b. |
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El objetivo de la manifestación
de impacto ambiental es determinar la viabilidad
del proyecto del permisionario, en función
del impacto ambiental en el sitio y su entorno,
desde su construcción hasta su operación
vía informe preventivo (IP).
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| c. |
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El
Informe Preventivo se presenta en el caso de
que existan normas oficiales mexicanas u otras
disposiciones que regulen las emisiones, las
descargas, el aprovechamiento de recursos naturales
y, en general, todos los impactos ambientales
relevantes que puedan producir las obras o actividades
o cuando las obras o actividades estén
expresamente previstas por un plan parcial o
programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento
ecológico que cuente con previa autorización
en materia de impacto ambiental.
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| 15.- |
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Cuando
se pretende desarrollar un proyecto de biomasa
que utilice recursos forestales maderables,
se debe tramitar esta autorización en
las oficinas de la Dirección General
de Federalización de Servicios Forestales
y de Suelo, de la SEMARNAT.
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| 16.- |
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Para
realizar el aprovechamiento de flora y fauna
silvestre es necesario contar con los permisos
necesarios, requeridos para el proyecto del
permisionario en el caso de que tener la operación
de la Unidad de Manejo para la Conservación
de la Vida Silvestre para realizar trabajos
de manejo, conservación, restauración,
y aprovechamiento sustentable de especies
silvestres; así como aquéllas
que realizaron aprovechamiento extractivo
al amparo de una Autorización de Aprovechamiento
Extractivo.
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