Gestiones
para generar electricidad
Solicitud de permiso de autoabastecimiento de energía
eléctrica
Objetivo
Obtener el permiso oficial para generar energía
eléctrica, mediante la modalidad de autoabastecimiento.
El
autoabastecimiento es la utilización de energía
eléctrica para la satisfacción de las
necesidades propias del permisionario o del conjunto
de copropietarios o socios.
Acudir
a
La Comisión Reguladora de Energía, ventanilla
de Oficialía de Partes, ante la que se presenta
el formato y sus documentos anexos ubicada en Horacio
1750, Colonia Los Morales Polanco,
C.P. 11510, México, D.F.
Tel: 52831500 y 52831515.
La
unidad administrativa que resuelve sobre la solicitud
de permiso de autoabastecimiento de energía
eléctrica es la Comisión
Reguladora de Energía.
Plazo
de resolución del trámite
50 días hábiles a partir de que ésta
sea admitida a trámite.
Costo
Sin costo.
Vigencia
Indefinida.
Documentos
anexos
-
Documentación
que acredite la existencia legal del solicitante o
de los copropietarios de las instalaciones, en su
caso;
-
Testimonio del poder notarial del representante legal,
en su caso;
-
Descripción en términos generales del
proyecto, incluyendo las características de
la planta y de las instalaciones accesorias;
-
Información relativa al uso de aguas nacionales,
en su caso;
-
Información concerniente al cumplimiento de
normas en materia ecológica;
-
Información sobre el uso del suelo;
-
Documentación que acredite la propiedad, posesión
o autorización para el aprovechamiento de la
superficie que ocuparán las instalaciones o,
en su defecto, informe acerca de los actos jurídicos
previstos para tal efecto;
-
Programa
de obra, incluyendo las fechas de inicio y terminación
de las obras respectivas, incluyendo la fecha de puesta
en servicio y considerando, en su caso, las etapas
sucesivas;
-
Sistemas
de seguridad de las instalaciones y consideraciones
de protección civil;
-
Carta
dirigida a la Comisión Reguladora de Energía,
en la que la solicitante se obligue a poner a disposición
del suministrador, los excedentes de energía
eléctrica que, en su caso, lleguen a generar;
-
Diagrama
del proceso y balance térmico en caso de plantas
termoeléctricas;
-
Croquis
de las líneas de transmisión que se
requieren, en su caso;
-
Planes
de expansión e inclusión de nuevos socios,
en su caso.
Formato
(CRE-DGE-001)
Homo
clave en el Registro
Federal de Trámites y Servicios:
CRE-00-001.
Fundamento
Jurídico
Artículos 3, fracción I, 36, fracción
I y bases 1), 3), 4) y 5), 37 y 38 de la Ley
del Servicio Público de Energía Eléctrica;
1, 3, 16, fracción X, y 57, fracción
I de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 2, fracción
II y 3, fracciones XII y XXII de la Ley
de la Comisión Reguladora de Energía
y 72, fracción I, inciso b), 77, 78, 81, 82,
83, 84, 86, 87, 88, 90 y 101 del Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica.
Leyes
y Reglamentos federales
Estas
gestiones se actualizaron en agosto de 2006.
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