Gestiones para generar electricidad

Solicitud de permiso de autoabastecimiento de energía eléctrica

Objetivo
Obtener el permiso oficial para generar energía eléctrica, mediante la modalidad de autoabastecimiento.

El autoabastecimiento es la utilización de energía eléctrica para la satisfacción de las necesidades propias del permisionario o del conjunto de copropietarios o socios.

Acudir a
La Comisión Reguladora de Energía, ventanilla de Oficialía de Partes, ante la que se presenta el formato y sus documentos anexos ubicada en Horacio 1750, Colonia Los Morales Polanco,
C.P. 11510, México, D.F.
Tel: 52831500 y 52831515.

La unidad administrativa que resuelve sobre la solicitud de permiso de autoabastecimiento de energía eléctrica es la Comisión Reguladora de Energía.

Plazo de resolución del trámite
50 días hábiles a partir de que ésta sea admitida a trámite.

Costo
Sin costo.

Vigencia
Indefinida.

Documentos anexos

  1. Documentación que acredite la existencia legal del solicitante o de los copropietarios de las instalaciones, en su caso;
  2. Testimonio del poder notarial del representante legal, en su caso;
  3. Descripción en términos generales del proyecto, incluyendo las características de la planta y de las instalaciones accesorias;
  4. Información relativa al uso de aguas nacionales, en su caso;
  5. Información concerniente al cumplimiento de normas en materia ecológica;
  6. Información sobre el uso del suelo;
  7. Documentación que acredite la propiedad, posesión o autorización para el aprovechamiento de la superficie que ocuparán las instalaciones o, en su defecto, informe acerca de los actos jurídicos previstos para tal efecto;
  8. Programa de obra, incluyendo las fechas de inicio y terminación de las obras respectivas, incluyendo la fecha de puesta en servicio y considerando, en su caso, las etapas sucesivas;
  9. Sistemas de seguridad de las instalaciones y consideraciones de protección civil;
  10. Carta dirigida a la Comisión Reguladora de Energía, en la que la solicitante se obligue a poner a disposición del suministrador, los excedentes de energía eléctrica que, en su caso, lleguen a generar;
  11. Diagrama del proceso y balance térmico en caso de plantas termoeléctricas;
  12. Croquis de las líneas de transmisión que se requieren, en su caso;
  13. Planes de expansión e inclusión de nuevos socios, en su caso.

Formato
(CRE-DGE-001)

Homo clave en el Registro Federal de Trámites y Servicios:
CRE-00-001.

Fundamento Jurídico
Artículos 3, fracción I, 36, fracción I y bases 1), 3), 4) y 5), 37 y 38 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; 1, 3, 16, fracción X, y 57, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2, fracción II y 3, fracciones XII y XXII de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía y 72, fracción I, inciso b), 77, 78, 81, 82, 83, 84, 86, 87, 88, 90 y 101 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Leyes y Reglamentos federales

Estas gestiones se actualizaron en agosto de 2006.

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