Gestiones para obtener el servicio de respaldo

Contrato de interconexión

Objetivo
Realizar la interconexión eléctrica del proyecto, con fuente de energías renovables del permisionario, con la Red del suministrador, conforme a lo previsto por el actual marco regulatorio del Sector Eléctrico Mexicano.

Cuando requiera celebrar un Contrato de Interconexión los permisionarios de autoabastecimiento y cogeneración de energía eléctrica con fuentes convencionales y renovables, y permisionarios de importación de energía eléctrica en el área de control Baja California.

Acudir a
La Subdirección de Programación de la Comisión Federal de Electricidad, Av. Paseo de la Reforma 164, interior Piso 10,
Col. Juárez, CP 06600, México, D.F.
Tel. 52294400 ext 80149, 80150

Unidad administrativa responsable del trámite Subdirección de Programación,
Av. Paseo de la Reforma 164, interior Piso 10,
Col. Juárez, CP 06600, México, D.F.
Tel. 52294400 ext 80149, 80150

Plazo de resolución del trámite
3 meses
Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.

Costo
Sin costo.

Vigencia
No aplica

Documentos anexos

  • Copia del Título de Permiso mencionado en la declaración II (b), otorgado por la CRE. (Anexo A-R)
  • Descripción de la ubicación y las Características técnicas de las instalaciones que conforman el Punto de Interconexión. (Anexo B-R)
  • Descripción de la ubicación y las Características eléctricas de las instalaciones donde se encuentra cada uno de los Puntos de Carga del Permisionario. (Anexo C-R)
  • Características de los equipos de medición y comunicación. (Anexo E-R)
  • Procedimientos y parámetros para el cálculo de los pagos que efectuarán las Partes bajo los Convenios vinculados a este Contrato. (Anexo F-R)
  • Convenio de Instalaciones y Cesión. (Anexo G-R)

Formato

Contrato de interconexión para fuente de energía renovable

Homo clave en el Registro Federal de Trámites y Servicios:
CFE-00-003-A

Fundamento Jurídico
Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, Artículo 157, segundo párrafo
Artículo 135, fracción II, Artículo 154, Artículo 161, primer párrafo.

Estas gestiones se actualizaron en agosto de 2006.

 

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