Convenio de compraventa de excedentes de energía
(energía económica)
Objetivo
Realizar el convenio para vender al suministrador
la energía eléctrica excedente generada
por el proyecto del permisionario, el cual estará
en función del sistema de recepción
seleccionado, por “Subasta” o “Automática”,
conforme a lo previsto en el marco regulatorio del
Sector Eléctrico Mexicano.
Permisionarios
de autoabastecimiento y cogeneración de energía
eléctrica con fuentes convencionales.
Cuando requiera celebrar un Convenio de compraventa
de excedentes de energía (Energía Económica)
(con un contrato de interconexión ya celebrado
con la CFE o requerido simultáneamente con
este convenio).
Acudir
a
La Subdirección de Programación o a
la Gerencia
de Evaluación y Programación de Inversiones
de la Comisión Federal de Electricidad,
Av. Paseo de la Reforma 164, interior Piso 10,
Col Juárez, CP 06600, México, D.F.
Tel 52294400 extensión 80149, 80150
Unidad
administrativa responsable del trámite Comisión
Federal de Electricidad, Subdirección de Programación
Plazo
de resolución del trámite
3 meses
Si
al término del plazo máximo de respuesta,
la autoridad no ha respondido, se entenderá
que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.
Costo
Sin costo
Vigencia
No aplica
Documentos
anexos
Información de las necesidades de servicio
del permisionario (requisitar sección B)
Debe presentar 1 original y ninguna copia.
Formato
Convenio de compraventa de excedentes de energía
Homo
clave en el Registro
Federal de Trámites y Servicios:
CFE-00-003-B
Fundamento Jurídico
Artículo 157, segundo párrafo, Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica
Artículo 135, fracción II, Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica
Artículo 154, Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica
Artículo 161, primer párrafo, Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica
Estas
gestiones se actualizaron en agosto de 2006.