Contrato de respaldo
Objetivo
Realizar el contrato con el suministrador, para obtener
el servicio de respaldo de energía eléctrica
que se requiere para el proyecto del permisionario,
por medio del cobro de una tarifa mensual, conforme
al actual marco regulatorio del Sector Eléctrico
Mexicano.
Permisionarios
de autoabastecimiento y cogeneración de energía
eléctrica con fuentes convencionales, y productores
independientes que solicitan el servicio de respaldo
para arranque negro.
Cuando requiera celebrar un Contrato de Respaldo (con
un contrato
de interconexión ya celebrado con la CFE
o requerido simultáneamente con este contrato
de respaldo).
Acudir
a
La Subdirección de Programación o a
la Gerencia
de Evaluación y Programación de Inversiones
de la Comisión Federal de Electricidad,
Av. Paseo de la Reforma 164, interior Piso 10,
Col Juárez, CP 06600, México, D.F.
Tel 52294400 extensión 80149, 80150
Unidad
administrativa responsable del trámite Comisión
Federal de Electricidad, Subdirección de Programación
Plazo
de resolución del trámite
3 meses
Si
al término del plazo máximo de respuesta,
la autoridad no ha respondido, se entenderá
que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.
Costo
Sin costo
Vigencia
No aplica
Documentos
anexos
Información de las necesidades de servicio
del permisionario (requisitar sección C)
Formato
CONTRATO
DE RESPALDO
Homo
clave en el Registro
Federal de Trámites y Servicios:
CFE-00-003-C
Fundamento Jurídico
Artículo 157, segundo párrafo, Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica
Artículo 135, fracción II, Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica
Artículo 154, Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica
Artículo 161, primer párrafo, Reglamento
de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica
Estas
gestiones se actualizaron en agosto de 2006.