Licencia ambiental única
Objetivo
Contar con el instrumento de regulación directa
para establecimientos industriales de jurisdicción
federal, en materia de prevención y control
de la contaminación de la atmósfera,
que establece condiciones para su operación
y funcionamiento integral conforme a la normatividad
ecológica y de impacto ambiental en vigor.
Que
desee u operen fuentes fijas de jurisdicción
federal (Para dar más claridad y certidumbre
jurídica hacia los particulares de quienes
deben de realizar este trámite se sugiere consultar
las cuales son las fuentes fijas de jurisdicción
Federal en el Artículo Segundo del Decreto
por el que se expide el Reglamento de la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente en materia de Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes y se adiciona y reforma
el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente en materia de Prevención
y Control de la Contaminación de la Atmósfera,
publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 3 de junio de 2004)
Acudir
a
Centro Integral de Servicios (CIS) oficinas centrales,
Revolución 1425, planta baja, Col Tlacopac,
San Angel CP 01040, México, D.F,
Tel 56243454. CIS estatales o delegación correspondiente
Unidad
administrativa responsable del trámite Dirección
General Gestión de la Calidad del Aire y Registro
de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, Av.
Revolución 1425, interior nivel 39
Col Tlacopac San Ángel CP: 01040, México,
D.F,
Tel 56243502
Plazo
de resolución del trámite
70 días hábiles
Si
al término del plazo máximo de respuesta,
la autoridad no ha respondido, se entenderá
que la solicitud fue resuelta en sentido afirmativo.
Costo
El pago se deberá efectuar en el formato: SAT-5
pagos múltiples (no hay link, el formato se
tiene que comprar)
Recepción
y evaluación de la solicitud, $1,500.00.
Actualización de Licencia, $750.00.
Vigencia
Se emite por única vez y en forma definitiva.
Documentos
anexos
Los indicados en el formato
Formato
>en
Internet
Homo
clave en el Registro
Federal de Trámites y Servicios:
Semarnat-05-002
Fundamento Jurídico
Artículo 109 Bis 1, Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente
Artículo 111 Bis, Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente
Artículo primero, segundo, tercero, quinto,
séptimo y octavo, Acuerdo que establece los
mecanismos y procedimientos para obtener la licencia
ambiental única, así como la actualización
de la información de emisiones mediante una
cédula de operación. (publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 11/04/1997)
(modificado(a) el Se modificó el día
9 de abril de 1998, mediante el Acuerdo por el que
reforman y adicionan diversas disposiciones al diverso
que establece los procedimientos para obtener la licencia
ambiental única, mediante un trámite
único, así como la actualización
de la información de emisiones mediante una
cédula de operación anual)
Estas
gestiones se actualizaron en agosto de 2006.