Permiso para la constitución de sociedades
Objetivo
Obtener la autorización para constituir la
sociedad, independientemente, de que se acepte capital
extranjero en la conformación de la misma,
conforme a lo previsto en la Ley de Inversión
Extranjera.
Cuando
se desee constituir una sociedad mexicana, independientemente
de que se acepte o no capital extranjero en la conformación
de la misma. Se entenderá por sociedad a las
personas morales, civiles, mercantiles o de cualquier
carácter, constituida conforme a la legislación
mexicana.
Acudir
a
La Dirección General de Asuntos Jurídicos,
de la Secretaría de Relaciones Exteriores,
ante la que se presenta el formato y sus documentos
anexos, Avenida Juárez 20, interior 5°,
Col Centro,
CP 06010, México, D.F.
Tel 5063 3000 ext 5235 Y 6445 o en las delegaciones
y ventanillas de la SER.
La
Unidad administrativa responsable del trámite
es la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
Avenida Juárez 20, interior 5°, Col Centro,
CP 06010, México, D.F. Tel 5063 3000 ext 5235
Y 6445
Plazo
de resolución del trámite
El trámite es de resolución inmediata
Costo
$565.00
Por la recepción, examen y resolución
de cada solicitud de uso de denominación en
la constitución de sociedades y asociaciones.
El pago se deberá efectuar en el formato: SAT-5
Vigencia
90 días hábiles
A partir de la fecha de expedición del permiso.
Dentro de esta vigencia, los interesados deberán
acudir ante el fedatario público de su elección,
a fin de protocolizar dicho permiso.
Documentos
anexos
Únicamente los datos indicados en el formato.
Este trámite no requiere la presentación
de datos de información
Formato
SA-1
Debe presentar 1 original y 1 copia.
Por
medio de Internet:
Homo clave en el Registro
Federal de Trámites y Servicios:
SRE-02-001
Fundamento
Jurídico
Artículo 15, Ley
de Inversión Extranjera
Estas
gestiones se actualizaron en agosto de 2006.